NUEVAS TECNOLOGÍAS APLICADAS A LAS FINANZAS

5. Monedas virtuales o Criptomonedas

5.2 Monedas virtuales

¿Qué son las monedas virtuales?

En el momento actual la importancia del dinero en efectivo parece decrecer, siendo sustituido, gracias al desarrollo de la tecnología y a la consolidación de los modernos sistemas financieros, por dinero bancario o escritural, el cual es apto para ser movilizado en múltiples formas (a través de tarjetas, adeudos domiciliados, transferencias…), eficientes y con bajo coste. También es esta la época en la que ha emergido el llamado “dinero electrónico”. El dinero escriturario y el electrónico presuponen la necesidad de la existencia de infraestructuras centralizadas donde una entidad de confianza liquida y compensa los pagos.

El siguiente paso en esta evolución ha sido la aparición de las monedas virtuales. El Banco Central Europeo las define como “una representación digital de valor, no emitida por un banco central, entidad de crédito o entidad de dinero electrónico, la cual, en algunas circunstancias, puede ser utilizada como una alternativa al dinero”.

Las monedas virtuales pueden seguir un esquema centralizado, como ocurre con las de algunos juegos “on line” del tipo de “Second life”. Sin embargo, lo habitual es que las monedas virtuales operen siguiendo un patrón descentralizado de organización y funcionamiento. Los sistemas descentralizados se basan en “blockchain” para el registro de las transacciones.

Uno de los problemas para los usuarios de monedas virtuales es su elevada volatilidad, pues su valor puede oscilar al alza y a la baja acusadamente, lo que desvirtúa su uso como medio de pago y las aproxima a los activos que sirven para invertir en ellos.




¿Qué diferencias hay entre el dinero electrónico y las monedas virtuales?

La principal diferencia entre el dinero electrónico y las monedas virtuales radica en que, en el primero, los fondos que se entregan a la entidad de dinero electrónico para su emisión tienen su origen en billetes o monedas emitidos por un banco central (euros, dólares, libras, etcétera), por lo que el dinero electrónico se denomina en una divisa específica. En cambio, aunque la moneda virtual puede traer origen de “dinero de banco central”, en ningún caso se va a denominar tomando como referencia una divisa.

Además, el dinero electrónico siempre se podrá convertir, en último término, en billetes o monedas, sin que esta conversión quede garantizada en el ámbito de las monedas virtuales, lo que añade riesgo a su empleo por parte de los usuarios.

¿Cuáles son las mejoras que proporcionan las monedas virtuales?

Según el Parlamento Europeo [1] , del uso de las monedas virtuales y de la tecnología de registros distribuidos se pueden desprender mejoras para el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo económico, como la reducción del coste de las operaciones y del funcionamiento de los sistemas de pago, la mejora del acceso a la financiación y la contribución a la inclusión financiera, el fomento del comercio electrónico, etcétera.

¿Qué riesgos conllevan las monedas virtuales?

Según el Parlamento Europeo [2] , pueden surgir riesgos en el ámbito de la protección de los consumidores por los siguientes factores:

  • Aparición de desafíos no previstos por los diseñadores del “software”.
  • Volatilidad de las monedas virtuales.
  • Posible aparición de burbujas especulativas y la ausencia de regulación y supervisión.
  • Inseguridad jurídica.
  • Excesivo consumo energético necesario para la “emisión” y la “circulación” de monedas virtuales.
  • Falta de documentación técnica y transparente de fácil acceso sobre el funcionamiento de las monedas virtuales.
  • Posible impacto en la política monetaria.

Específicamente, el Parlamento Europeo ha señalado el riesgo vinculado con determinadas actividades delictivas y con el blanqueo de capitales (“operaciones en el mercado negro, blanqueo de dinero, financiación del terrorismo, fraude y evasión fiscal y otras actividades delictivas basadas en la ‘pseudonimia’ y la ‘combinación de servicios’”).



[1] Parlamento Europeo (2016): “Resolución del Parlamento Europeo, 26 de mayo, sobre monedas virtuales” (2016/2007(INI).

[2] Ibid.