9. Contratos inteligentes ("Smart contracts")

Definición

¿Qué son los contratos inteligentes?

Son contratos que se basan en un código o protocolo informático que facilita la verificación y la ejecución del acuerdo subyacente de forma automatizada, sin necesidad de intermediarios. Un ejemplo ilustrativo sería el pago de un cupón de una emisión de deuda, de manera que el comprador se garantiza que, llegado el vencimiento previamente establecido, el contrato se autoejecutará transfiriendo al comprador el importe correspondiente, calculado de acuerdo con las condiciones prefijadas [1] .

Sin embargo, los “Smart Contracts” todavía se encuentran “en su infancia”, lejos de su desarrollo generalizado. En un futuro, estos contratos se podrían usar en los siguientes sectores productivos [2] : alimentación, servicios financieros, energía, farmacéutico, sanidad, aeroespacial, aviación, telecomunicaciones, tecnología y comunicaciones, transporte, servicios públicos, agricultura y petróleo y gas.

A continuación se muestran algunos ejemplos concretos de aplicación práctica de estos contratos inteligentes:

  • Contratos de préstamo garantizados: Tan pronto se constata un impago o una serie de impagos, se ejecuta la garantía.
  • Contrato de préstamo para adquirir un vehículo: Se dejan de pagar las cuotas y el coche queda bloqueado para su uso (citado en El País [3] , 2018, pág. 21).
  • Incumplimiento de obligaciones esenciales del contrato: En cuanto se produce el incumplimiento, el contrato queda resuelto.
  • Contratos de arrendamiento: Actualización de la renta a la vista de la evolución del IPC de forma automática; impago e inicio automático de actuaciones para el desahucio.
  • Herencias: Acaecido el fallecimiento del testador, se produce de forma automática la asignación de bienes entre sus herederos y legatarios.
  • Renta variable: Tan pronto como el emisor aprueba sus cuentas anuales y la aplicación del resultado se efectúa el pago del dividendo a los accionistas.
  • Propiedad intelectual: El contrato inteligente calcula y reparte los pagos de derechos de autor según lo acordado y el número de ejemplares vendidos.


[1] Banco de España (2018): “Tecnología de registros distribuidos (DLT): una introducción”, Boletín Económico 4/2018, artículos analíticos, 16 de octubre.

[2] UK Government Chief Scientific Adviser (2016): “Distributed Ledger Technology: beyond block chain”, Government Office for Science.

[3] El País (2018): “’Smart contracts’ o los contratos del futuro”, Negocios, 30 de diciembre.